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Sentencia de la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 17 de diciembre de 2.018. Considera que es transparente una cláusula porque su ubicación era especialmente buena, al lado del tipo variable y diferencial, por lo que el consumidor percibía la existencia de la misma y que la misma modulaba el tipo variable. A ello se suma la existencia de oferta vinculante expedida con 13 días de antelación, lo que permite al consumidor incluso comparar con otras ofertas sentencia completa